Imputado por matar a soldado chilote deja prisión tras 199 días
Justicia modificó la cautelar más gravosa que pesaba sobre el conductor que atropelló al dalcahuino Hugo Muñoz (19) por el arresto domiciliario total. Tanto la familia del joven como los abogados acusadores cuestionaron la medida.
Un fuerte golpe en plenas fiestas fin de año recibió la familia del soldado chilote que falleció atropellado en la capital regional, mientras fiscalizaba un punto de control en el cruce La Vara. El imputado por su muerte tras permanecer 199 días privado de libertad dejó la cárcel. Pese al intento de los acusadores por mantener la prisión preventiva, la medida mutó por el arresto domiciliario total.
Así quedó establecido en audiencia realizada en el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, donde la magistrada suplente Macarena Muñoz modificó la cautelar más gravosa que pesaba sobre el sujeto de iniciales R. A. C. R. (24), encartado por los delitos de homicidio simple y atentado contra la salud pública. Se le sindica autoría dolosa en el deceso de Hugo Jonathan Muñoz Sotomayor (19).
La decisión de la sentenciadora fue apelada verbalmente por el fiscal Marcelo Maldonado, al igual que por los querellantes, Javiera Oyarzún, quien representa a la Intendencia, y Álex Contreras del Centro de Apoyo a Víctimas de Delitos (CAVD), quien asesora a la madre de la víctima. Sin embargo, el dictamen fue confirmando en alzada.
Requerimiento
Sergio Coronado, defensor particular del conductor de la camioneta que impactó al dalcahuino, invocó la revisión de precautoria, al introducir nuevos antecedentes a la indagatoria que la próxima semana tiene plazo estipulado para finalizar.
Como especificó el abogado, durante la sesión judicial en sede de Garantía, "se expusieron las pericias del ámbito privado que encargamos, referidas a peritajes del tránsito y sicológicas, con el objeto de establecer con claridad lo que ocurrió y determinar cuál es el perfil de personalidad de mi representado".
El profesional recalcó que esta información, junto a otros informes ya existentes, permitieron que la jueza acogiera la postura presentada.
"Nuestra posición está centrada en que los hechos no constituyen un homicidio, sino un cuasidelito de homicidio. La magistrada indicó que esto sería plausible, por lo cual, en ese ámbito no sería indispensable dejar a una persona privada de libertad y sería suficiente el arresto domiciliario", explicó el jurista.
Insistió la fuente en su teoría, la cual ha refrendado desde el inicio de la causa. "Estamos frente a una muerte causada de manera imprudente, sin que exista una intencionalidad o capacidad de mi representado de haber podido anticipar lo que ocurrió", enfatizó.
Es más, Coronado no dudó en señalar que "gran parte de la responsabilidad de lo sucedido es del Ejército, del Regimiento Sangra, puesto que no adoptaron ningún tipo de medida de planificación, de dotar a sus funcionarios de los elementos de seguridad necesarios y de señalizar a los conductores el punto de control. Todo esto contribuyó en la muerte de la víctima".
Por su parte, el fiscal Maldonado remarcó que desde las primeras diligencias han mantenido su convicción que este siniestro vial tuvo intencionalidad.
"Hemos sostenido siempre en estrado que estamos frente a un delito de homicidio. Así se desprende de las resoluciones de los magistrados que han visto esta causa", puntualizó el persecutor.
Igualmente, el representante del Ministerio Público destacó que la cautelar para este tipo de ilícito debe estar acorde al contexto vivido, tal como ocurrió esa noche del 7 de junio pasado.
"Acá una persona cumplía su deber en horario de toque de queda, en que el conductor continúa su marcha y solo se detiene por desperfectos del vehículo. Estos son elementos de los cuales se desprende un peligro para la seguridad de la sociedad, más allá que el imputado no tenga condenas previas", especificó el abogado.
Fines
Pese a estos argumentos, la magistrada Muñoz decidió modificar la prisión preventiva, en base a la necesidad de cautela, esgrimiendo que dicha medida no puede constituirse en una pena anticipada y que el arresto total puede asegurar los fines del procedimiento.
Esta resolución fue confirmada por dos votos a uno por la primera sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
"Se mantuvo que estamos ante un delito de homicidio como elemento material de presupuesto para las medidas cautelares".
Marcelo Maldonado, fiscal que instruye la causa.