Hasta 3 años de cárcel arriesga quien convoque a carreras clandestinas
Nueva ley contra esta práctica en auge supone millonaria multa a organizador y pérdida de la licencia de conducir para participantes.
Diego Gotelli C. - Medios Regionales
Tras siete años de tramitación, el Congreso aprobó una ley que busca perseguir a quienes promuevan y participen en carreras clandestinas, práctica que según autoridades va en auge en el país. En Chiloé, por ejemplo, desde hace décadas vienen ocurriendo.
Por 31 votos a favor y solo dos abstenciones, el Senado respaldó los ajustes hechos a la norma en comisión mixta, dejando lista para que la medida sea promulgada por el Ejecutivo.
"Estas carreras se han multiplicado en el país y la norma actual es insuficiente porque los Carabineros no pueden hacer más con las bajas sanciones que hay", explicó el senador de la UDI Sergio Gahona. "Se necesitan sanciones fuertes para terminar con esto", coincidió el decé Iván Flores.
Desde el Gobierno el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, ahondó ayer en los alcances de la nueva ley, que considera penas de cárcel y multas que pueden llegar a ser millonarias para quienes organicen y asistan a estas actividades.
"Tenemos que ser conscientes de lo potencialmente peligroso que es incurrir en conductas temerarias al volante y penalizarlas fuertemente. No sigamos lamentando siniestros ocasionados por velocidad que puedan tener consecuencias fatales y que podemos evitar", señaló la autoridad.
Entre sus normas, la ley tipifica la conducción de vehículos motorizados participando en carreras no autorizadas, práctica en que se consideran tanto las carreras contra otros automóviles como las que son contra reloj para medir velocidades. Además se incluyen las competencias de destrezas, de deslizamientos o derrapes, y las de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de las personas.
Quienes organicen este tipo de actos en la vía pública sin permiso se expondrán a penas de 61 a 540 días de presidio, la que puede elevarse hasta 3 años de cárcel si obtiene algún beneficio económico. Además se contemplan multas de hasta 20 unidades tributarias mensuales (cerca de 1,2 millones de pesos).
La nueva norma también considera una serie de sanciones por participar en las carreras, cuyos conductores se exponen a la misma pena de presidio inicial, que también sube a 3 años si existen lesionados en la actividad; se incrementa a un máximo de 5 años si los heridos son de gravedad, y llega hasta los 10 años de cárcel en caso de que se produzca la muerte de alguien.
En los últimos dos casos los choferes quedarán inhabilitados por toda su vida de conducir vehículos.
Velocidad temeraria
La iniciativa además considera una nueva calificación de infracción llamada "velocidad temeraria", la que sanciona a quienes excedan por sobre los 60 km/h el límite de velocidad establecido en las rutas.
Así, por ejemplo, si en una vía urbana donde se suelen realizar las carreras, cuya velocidad máxima es de 50 kilómetros por hora, un vehículo es sorprendido a 110 km/h, el piloto podrá ser sancionado con hasta 60 días de presidio, una multa de 10 UTM ($595 mil) y la suspensión de la licencia por hasta 2 años. Si reincide, no podrá conducir por 5 años; y si cae por tercera vez se le cancelará el permiso para siempre.