Rechazan recurso contra la "Zona Típica" provisoria
Comunidad indígena y Cámara de Comercio de Castro irán a la Corte Suprema por la medida establecida noviembre del año pasado para el centro castreño.
Por dos votos a favor y uno en contra, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó la acción constitucional de protección presentada por una comunidad indígena y vecinos del centro de la capital provincial por la resolución exenta N° 928 de noviembre del 2023 que decreta una Zona Típica Provisoria en Castro.
La acción judicial interpuesta por el abogado Sebastián Bórquez en representación de la agrupación Muchulla Mapu; la Cámara de Comercio, Industrias y Turismo de Castro, y vecinos está dirigido contra de la ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Carolina Arredondo, y del secretario técnico del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), Erwin Brevis.
En este sentido, el jurista explicó que "vamos a tener que ir nuevamente a la Suprema en apelación, el primer fallo que tuvimos el año antepasado en Puerto Montt también fue en contra de 3 a 0 y que lo dimos vuelta en la Suprema 5 a 0".
Además, el profesional afirmó que "esta vez el recurso se trata en contra de una medida provisoria, como la llamaron del Ministerio de las Culturas y el Consejo de Monumentos Nacionales, pero que cuando uno lo lee es una zona típica, mientras dura el nuevo proceso de zona típica, que se va a reiniciar a la etapa de las consultas, como lo ordenó la corte al dejar sin efecto el decreto 33" de ZT.
Noviembre
Tras el fallo a favor de los vecinos y que retrotrae a la fase de consultas indígenas el proceso que estableció esta categoría de Monumento Nacional a parte de la ciudad en junio de 2022, la mencionada secretaría de Estado emitió un decreto a fines del año pasado con una medida similar, pero provisoria.
"Esto fue mediante una resolución exenta que nosotros creemos que es una ilegalidad flagrante puesto que el artículo 67 de la Ley de Monumentos Nacionales indica claramente que las zonas típicas no pueden decretarse a través de otros instrumentos que no sea un decreto supremo, y la resolución exenta no cumple con los requisitos porque no está dictada por orden presidencial y tampoco pasa por toma de razón de la Contraloría General de la República", detalló Bórquez.
El profesional sumó que el fallo le fue notificado la mañana de ayer, por lo que debe estudiarlo en profundidad para interponer la apelación en la Suprema y, eventualmente, un recurso de inaplicabilidad por inconstitucional ante el Tribunal Constitucional (TC).
El fallo del tribunal puertomontino sostiene "que, por lo antes reflexionado, no habiéndose acreditado una acción u omisión arbitraria de parte de los recurridos, que haya vulnerado o amenazado las garantías constitucionales que se estiman infringidas, el presente recurso no habrá de ser acogido".
Asimismo, el dictamen expone "que, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por la Comunidad Indígena Muchulla Mapu, en contra de Carolina Arredondo Marzán, ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y de Erwin Brevis Vergara, secretario técnico del Consejo de Monumentos Nacionales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Acordado con el voto en contra del ministro titular Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien estuvo por acoger el recurso de protección".
A principios de agosto del año pasado, la Corte Suprema ordenó a esta cartera retrotraer el procedimiento de la Zona Típica de Castro y estableció que se debe realizar una consulta ciudadana y otra indígena.
Un poco más de un año duró el decreto para la meseta fundacional de esta ciudad chilota que consideraba un polígono de protección de 32 hectáreas. Tras el fallo de la Suprema en noviembre pasado, se dispuso por la resolución exenta la medida provisoria que así sigue vigente para el casco histórico, a fin de proteger al templo San Francisco.